Derechos Humanos en la Constitución de la
República
La
Constitución de la República en el artículo 245 establece que el presidente de
la República tiene a su cargo la administración general del Estado.
No
obstante, no existía institución del Poder Ejecutivo que se encargase del
diseño, implementación y supervisión del cumplimiento de una política pública
con enfoque de derechos humanos que permita prevenir e identificar riesgos y
amenazas para el ejercicio o goce de los derechos humanos, así como para la
promoción y defensa de los derechos humanos, por medio de una cultura de
respeto irrestricto a los derechos humanos.
Los
derechos humanos están reconocidos en la Constitución, las Leyes y Tratados
Internacionales y una vez que se ratifica un Tratado Internacional también el
Estado expresa su consentimiento para establecer obligaciones jurídicas que se
derivan del mismo y se compromete a cumplir.
En ese
sentido, el Estado debe tomar medidas en determinadas situaciones, o en otros
casos, abstenerse de actuar de determinada forma, a fin de promover, proteger y
respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos
o grupos.
Para que
los derechos humanos sean efectivamente garantizados se requiere disponer de
mecanismos que aseguren su aplicación, por medio de una institución que de
manera especializada y responsable asuma los mismos.
Link:
pdba.georgetown.edu/Constitutions/Honduras/hond05.html
Muy interesante, como se enfoca en el territorio hondureño. Y como nos muestra la perspectiva suya! excelente blog! Muy útil!
ResponderEliminar